CR Asesores

  • Inicio
  • Servicios
  • Precios
  • Quienes somos
  • Contacto
  • Blog

23 marzo, 2017 escrito por CRAsesores

RENTA 2016 ¿Estoy obligado? ¿Cómo hacerlo?

El próximo 5 de Abril comenzará la Campaña de Renta correspondiente al ejercicio 2016 mediante presentación telemática y el 11 de Mayo de manera presencial.

Este año como NOVEDAD desaparece el programa PADRE y se hará todo por el programa online RENTA WEB. A este programa se accederá entrando en la sede electrónica de la AGENCIA TRIBUTARIA.

El año pasado ya solo las declaraciones de autónomos se tenían que hacer por el programa PADRE.

Ahora viene la gran pregunta: ¿Tengo obligación de presentar la renta?

No todo el mundo lo está. La norma básica dice que nadie está exento de tributar el IRPF. En principio, todo ciudadano que perciba rentas es susceptible de hacer la declaración y estaría obligado. Por fortuna, la realidad es diferente y solo unos cuantos tiene la obligación de hacerlo. Os comentamos a grandes rasgos los que NO están.

NO OBLIGADO:

LÍMITE 22.000 EUROS:

–>  Un pagador o si los segundos y restantes pagadores son menos de 1.500 euros anuales.

LÍMITE 12.000 EUROS:

–> Más de un pagador cuando los segundos o restantes pagadores son más de 1.500 euros anuales.

–> Pensiones compensatorias o anualidades por alimentos

LÍMITE 1600 EUROS:

–> Cuando superan este límite las ganancias patrimoniales y los rendimientos de capital mobiliario Ejemplo: ganancias por venta de inmuebles, acciones…

–> Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos Letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial.

RENTA 2016

 

CONCLUSIÓN

Esto sería a grandes rasgos los límites para no declarar. Está claro que cualquiera que tenga una actividad económica (AUTÓNOMO) si tiene la obligación de hacerla independientemente de los límites señalados.

Es importante, ante cualquier duda consultar con un ASESOR ya que una cosa es estar exento de hacer la renta y otra muy diferente que convenga o no tributar. La clave en este punto será el resultado del IRPF. Dicho de otra forma, si sale a devolver o a ingresar. Por los límites que se aplican para estar libre es muy fácil que el resultado de la renta sea a devolver.

Es una obligación que tenemos todos frente al FISCO y que debemos de cerciorarnos bien de si la tenemos o no.

Los precios de la declaración van desde 30 euros dependiendo del nivel de dificultad de la misma, por lo que nos parece un precio bastante asequible para evitar problemas futuros.

Para cualquier pregunta no dude en consultarnos.

R.A.Z.

Aquí Estamos

Contacto

951 212 618 / 600 556 287
tarenas@crasesores.es
raguilar@crasesores.es

Síguenos en:

Blog

  • Publicada Nueva Ley de autonomos
  • Ohhh sube la cuota de autonomo a partir del próximo mes de Julio
  • AYUDA EMPRENDEDORES: INNOACTIVA 6000
  • RENTA 2016 ¿Estoy obligado? ¿Cómo hacerlo?
  • APLAZAMIENTO DE DEUDAS HACIENDA
Copyright © 2021 Cristina Rodríguez Asesores, S.L. | Aviso Legal | Privacidad | Política de Cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación, y ofrecer contenidos y publicidad de interés. Al continuar con la navegación entendemos que se acepta nuestra política de cookies. Más información